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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorGorozabel Vinces, Giorgi Palemón-
dc.contributor.authorZevallos García, Myrian Elizabeth-
dc.contributor.authorMera Zavala, Franklin Orlando.-
dc.date.accessioned2018-11-05T01:46:43Z-
dc.date.available2018-11-05T01:46:43Z-
dc.date.issued2018-
dc.identifier.urihttp://repositorio.sangregorio.edu.ec/handle/123456789/918-
dc.description.abstractPara el desarrollo del contenido del análisis se hace un enfoque legal, doctrinal y jurisprudencial por un lado sobre las garantías básicas del debido proceso establecidas en el artículo 76 de la Constitución, específicamente en el numeral 1 que señala que: “Corresponde a toda autoridad administrativa o judicial, garantizar el cumplimiento de las normas y los derechos de las partes”; y el artículo 82, que nos establece que la seguridad jurídica, se funda en el respeto a la constitución y las normas, las mismas que deben ser previas, claras y públicas; y, aplicadas por todas las autoridades. Lo antes señalado, nos indica que se obliga a todas las autoridades administrativas y los jueces a aplicar y garantizar los procedimientos y los derechos reconocidos en la Constitución y la Ley; así como su efectiva aplicación a los casos concretos, estos derechos se basan principalmente en la aplicación de las normas del debido proceso y las garantías que otorga como institución de eficacia procesal. Es obligación de los operadores de justicia y autoridades administrativas garantizar la validez del proceso y dirigir el mismo conforme a la normativa preestablecida, con la finalidad de regular y restablecer los derechos vulnerados, controlando que las partes procesales cumplan con lo resuelto; y no se retarde la justicia por la inobservancia y desacato de la autoridad administrativa competente, que como efecto tiende a la no reparación ya sea integral o parcial de los derechos de los ciudadanos, pero además conlleva a que el Estado cancele mayores sumas de dinero por el incumplimiento tardío de las ordenes emitidas por las autoridades competentes, quedando demostrado que no se cumplen los principios de eficiencia y eficacia, además que por el incremento en las indemnizaciones que realiza el Estado, debe hacer uso del aparataje jurídico para plantear los recursos que permitan observar a las autoridades por sus actuaciones que en mucho de los casos pueden ser arbitrarias, cuando están sujetos a los procedimientos señalados en la Constitución, tratados internacionales, la ley y los reglamentos.es_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUSGPes_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by/4.0/legalcodees_ES
dc.subjectSeguridad Jurídicaes_ES
dc.subjectTutela jurídicaes_ES
dc.subjectDebido procesoes_ES
dc.subjectSentencias Ejecutoriadases_ES
dc.titleCaso Administrativo que sigue Galeas Ledesma Edgar Vicente contra Ministerio del Interior y PGE: “La seguridad jurídica, tutela efectiva y debido proceso en el incumplimiento de resolución judicial por parte de la autoridad administrativa - Causa 13802-2016-00520”es_ES
dc.typeTrabajo_titulaciones_ES
dc.subtipoAnálisis de Casoses_ES
Aparece en las colecciones: Trabajo de titulación - Carrera de Derecho

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