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http://repositorio.sangregorio.edu.ec/handle/123456789/2947
Title: | Organismos del Estado Ecuatoriano y Políticas Públicas de Prevención para la Violencia Contra Las Mujeres. |
Authors: | ALCIVAR TOALA, MALLURY ELIZABETH CAMACHO ALVAREZ, CYNTHIA NICOLLE |
Keywords: | ORGANISMOS PREVENCION |
Issue Date: | 2022 |
Publisher: | USGP PORTOVIEJO |
Description: | En la historia de la humanidad, la mujer ha sido objeto de discriminación y desigualdad. La lucha de las mujeres por la igualdad de derechos, comenzó hace mucho tiempo, con el fin de que la mujer sea sujeto y no objeto. A comienzo del Siglo XX intensificaron sus movilizaciones por la igualdad de género. Con la creación de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en 1948 se emitió la declaración Universal de los Derechos humanos, con el fin de que los Estados respeten los derechos y libertades fundamentales de todos los seres humanos, donde se resaltó con vehemencia los derechos las mujeres para garantizar, en general, la paz en el mundo. A raíz de la declaración surge el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Político, donde predominan los derechos para todos sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social. Luego, para atender, velar, controlar esos pactos se conforma el Comité de Derechos Humanos y el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, con el fin de que la aplicación de la misma, sea sin discriminación alguna, incluso con gran determinación para actuar en la lucha contra la discriminación hacia las mujeres. En cuanto a defensa de los derechos de las mujeres son muchos los documentos posteriores a la Declaración de 1948. No obstante, y pese a que la Declaración es precisa en garantizar los derechos humanos de la mujer, en 1981 se aprobó la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y su comité. En 1994, puesto que la (CEDAW), no consideraba la violencia contra las mujeres, se creó la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, conocida también como (Convención de Belém do Pará), con el fin de hacer visible lo invisible. Ecuador, tiene compromiso internacional, y nacional, por los instrumentos internacionales de derechos humanos y la Constitución de la República del Ecuador (2008), lo cual es responsable de la aplicación y el respeto de los derechos de las mujeres, y responsable de la reparación integral de víctimas, con las debidas garantías de no repetición (prevención). Hoy por hoy, a lo que va del año 2022 se ha reportado una taza elevada de muertes violentas por razones de género, recalcando que, las mismas empiezan desde una violencia psicológica, a una violencia física, a una violencia sexual, que en los peores casos se llega hasta la muerte (femicidio) producidos por el hombre con relación de poder. Frente a esta tragedia que se vive en el país, se evidencia el Estado Ecuatoriano machista, y criminal de derechos y justicia, donde prevalece el patriarcado, siendo el hombre quien tiene más predominio social, económico y político, que trae como efecto la violencia de los derechos humanos de la mujer. El Estado Ecuatoriano, se enfrenta a una realidad de carencias de políticas públicas reales, pragmáticas, en relación a igualdad de género en los sistemas estatales como es: la educación, salud, seguridad y justicia como prevención a la violencia contra las mujeres. El Objetivo del presente artículo es lograr persuadir concientización, y priorizar acciones urgentes, reales, inmediatas, y ejecutables al lector (autoridad, jurista, político, y todos en sociedad), por el asaz de altos índices de violencia a los derechos humanos de las mujeres. Cabe resaltar que, en materia Constitucional, los órganos encargados de la creación y aplicación de políticas públicas, en temas de violencia contra la mujer, se debe colegir que toda planificación estatal, debe estar libre de discriminación (estereotipos) y tradiciones machistas. |
URI: | http://repositorio.sangregorio.edu.ec/handle/123456789/2947 |
Appears in Collections: | Trabajo de titulación - Carrera de Derecho |
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