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http://repositorio.sangregorio.edu.ec/handle/123456789/2880
Registro completo de metadatos
Campo DC | Valor | Lengua/Idioma |
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dc.contributor.advisor | Muñoa Vidal, Tania | - |
dc.contributor.author | Mendoza Lino, Jorge Luis | - |
dc.contributor.author | Vélez García, Junior Jesús | - |
dc.date.accessioned | 2022-11-13T21:07:03Z | - |
dc.date.available | 2022-11-13T21:07:03Z | - |
dc.date.issued | 2022 | - |
dc.identifier.uri | http://repositorio.sangregorio.edu.ec/handle/123456789/2880 | - |
dc.description | La normativa jurídica del Ecuador pretende cumplir con los modelos y protocolos establecidos en el plano internacional en lo relacionado al área penitenciaria. Uno de esos aspectos es el establecimiento del principio de especialidad en este ámbito y cuyo propósito es que tutele los derechos de las Personas Privadas de Libertad (PPL) en todo el proceso. Se parte del principio de que en el Ecuador la normativa jurídica tiene como finalidad el bienestar de los ciudadanos. Según Chávez (2010), el “Ecuador es un Estado garantista de los derechos y desde su emisión hasta su ejecución su rol está pensado para cubrir las necesidades del individuo y proteger su dignidad y valores como persona sujeta a derechos y deberes” (p. 68). Es así que todos los derechos fundamentales tienen una identidad esencial que se encuentra en su reconocimiento constitucional y sus titulares son todas las personas y comunidades. Para Burgos (2010), el Estado de derecho es un concepto normativo que postula la existencia de un variado conjunto de mecanismos institucionales. Su pretensión central es la de generar un ambiente de garantías que hagan posible el reconocimiento y goce de las libertades individuales en todas sus dimensiones. El garantismo al que se hace referencia representa el Estado de Derechos, en cuanto es un modelo de Estado que surge de la Constitución. En este contexto, Ávila (2016) señala que en el abordaje garantista es relevante en la medida en que “el derecho no termina donde comienza el del otro, sino que guarda una solución de continuidad con el otro y con las luchas sociales de nuestros pueblos” (p. 59). Con ello se establece una serie de mecanismos y acciones que tienen los ciudadanos para hacer valer sus derechos humanos fundamentales. A criterio de Arias (2008), la Constitución presenta una propuesta garantista en varios aspectos. Por ejemplo, en la parte orgánica se establece un sistema de inclusión y equidad social, como el mecanismo institucional para efectivizar los derechos. Además, la universalización de la seguridad social, la garantía de la soberanía alimentaria como el mecanismo para efectivizar los derechos a la alimentación, entre otras muchas garantías que obligarán constitucionalmente a la sociedad al cumplimiento de los derechos, a la vigencia de un Estado de derechos y justicia, que tiene como primer deber la garantía del goce efectivo de los habitantes del Ecuador. En este sentido, el Estado ecuatoriano ampara a las Personas Privadas de Libertad. Por ello, es importante recalcar que una persona que tenga una sentencia condenatoria ejecutoriada que la priva de su libertad y es trasladada a un centro penitenciario posee derechos que se encuentran reconocidos tanto en la Carta Magna como en los tratados internacionales. Sin embargo, la resolución 018-2014 del Pleno del Consejo de la Judicatura, con fecha 3 de febrero de 2014, decidió ampliar las competencias de los jueces de garantías penales de primer nivel con asiento en las ciudades sedes de la Corte Provincial de Justicia donde existan establecimientos penitenciarios. Esto con el propósito de que conozcan y resuelvan los asuntos relacionados con las materias de garantías penitenciarias conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 230 del Código Orgánico de la Función Judicial. Desde la perspectiva de Sarmiento (2010), el principio de especialidad tiene su razón de ser, ya que no se concibe la idea, de que un abogado brillante en materia penal, por casos de la vida ingresa a la Corte Provincial y mediante sorteo le asignan a la Sala Civil, “lo que ocasionaría una dificultad porque no es su rama, pero si se hubiese ubicado en la sala penal se podría aprovechar sus conocimientos, y tuviera mejor criterio, una garantía al momento de juzgar” (p.39). En esta misma línea, López (2019) considera que el principio de especialidad procesal esta direccionado a que los jueces tengan conocimiento de las causas o procesos que vayan de acuerdo con la rama de especialización. Este principio está relacionado directamente con la división de la competencia en razón de la materia y es muy importante que se respete ya que contribuye a la eficacia de la administración de justicia. La amplitud del Derecho no permite el conocimiento de los jueces en todas las materias. El principio de especialidad se encuentra establecido tanto en la Constitución de la República como en el Código Orgánico de la Función Judicial y en el Código Orgánico Integral Penal. Por ello, hay una cuestión que debe discutirse en torno a la resolución del Consejo de la Judicatura. De allí que la pertinencia de este trabajo radique precisamente en analizar esta problemática mediante argumentos jurídicos y teóricos que fundamenten y respalden la postura establecida. Por ello, la pregunta de investigación del presente estudio es la siguiente: ¿De qué modo la resolución efectuada por el Consejo de la Judicatura se relaciona con el principio de especialidad tipificado en el Código Orgánico de la Función Judicial al otorgar competencias a los jueces penales sin la debida especialización en el ámbito de garantías penitenciarias? Mientras que el objetivo de este trabajo es analizar las competencias de los jueces en mención, abordar desde distintas perspectivas esta problemática, sus alcances, procederes, limitaciones y la forma en que se vulnera el principio de especialización. De esta manera, esta investigación justifica su desarrollo ya que permite evidenciar la forma en que la normativa jurídica del Ecuador posee disposiciones y procedimientos tanto penales como del régimen penitenciario, cumpliendo así los estándares de los derechos humanos en el ámbito nacional e internacional. Además, es pertinente, factible y relevante, pues se cuenta con las fuentes bibliográficas documentales para el análisis propuesto. | es_ES |
dc.language.iso | spa | es_ES |
dc.publisher | USGP PORTOVIEJO | es_ES |
dc.rights | info:eu-repo/semantics/openAccess | es_ES |
dc.rights.uri | https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/legalcode | es_ES |
dc.subject | jueces de garantías | es_ES |
dc.subject | penitenciarias en el Ecuador. | es_ES |
dc.title | Los jueces de garantías penitenciarias en el Ecuador. | es_ES |
dc.type | Trabajo_titulacion | es_ES |
dc.subtipo | Ensayos y Artículos Académicos o Científicos. | es_ES |
Aparece en las colecciones: | Trabajo de titulación - Carrera de Derecho |
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Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
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