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Título : Caso Penal Nº 13283-2017-01244 que, por tentativa de femicidio, sigue la Fiscalía y acusación particular, en contra de FGCP: “La objetividad y la motivación como garantía procesal y constitucional condicionada a jueces y fiscales en la administración de justicia”
Autor : Villacís Londoño, Henrry Stalin
Cevallos Guillen, María Belén
Zambrano Aragundy, Verónica Valeria
Palabras clave : tentativa de femicidio
acusación particular
Fecha de publicación : 2020
Editorial : UGSP PORTOVIEJO
Resumen : El delito de femicidio, en la actualidad es uno de los considerados de conmoción social, aparte que la figura en nuestro país es relativamente nueva que entró en vigencia en el año 2014 con la aparición COIP (Registro Oficial Suplemento 180 de 10-feb.-2014 Ultima modificación: 05-feb.-2018). Es importante abordar el estudio de este caso seleccionado porque, en él se va a evidenciar cómo se vulneran derechos al no aplicarse los parámetros de los principios constitucionales y procesales que rigen el proceso penal, lo que hace que además debe aplicarse a la valoración de la prueba por parte del juez de garantías penales desde el inicio del ejercicio de la acción. En el caso las pruebas, son evidentemente insuficientes, no puede demostrarse la existencia del nexo causal entre el hecho y el encausado, ello debe ser analizado desde la primera fase del proceso, esto es, desde la fase de investigación previa y así durante todo el proceso, pudiendo terminar el proceso en la primera o segunda etapa sin que llegase a juicio. Por objetividad y motivación, que son principios constitucionales antes que legales consagrados en la máxima norma, se entiende la sumisión y aplicación de éstos por toda la administración de justicia, que garantizará una investigación y un proceso justo, en aras del debido proceso. En los casos penales, el principio de objetividad por parte de la Fiscalía, garantiza que no se mueva el aparataje judicial cuando no se tiene indicios suficientes, teniendo siempre presente al sujeto como presunto inocente, por otro lado asimismo la motivación es fundamental en cada fase, en cada etapa, en cada providencia, en el caso de la prisión preventiva la doctrina y la ley nos indican que el pedido de esta medida debe ser debidamente fundamentada por el solicitante y de emitirse debe contener asimismo, la debida motivación. En atención a lo antedicho, no puede atentarse a estos principios y derechos por la mala administración de justicia, por lo subjetivo de una investigación, o por la no valoración de los elementos que concurren un determinado delito para la configuración de su tipicidad. En el presente estudio, se pretende establecer jurídicamente, si en el caso penal en cuestión la objetividad y la motivación, fueron vulneradas desde el inicio en la audiencia de flagrancia, en la etapa de instrucción y preparatoria a juicio, así también demostrar que la valoración de los elementos de convicción fue incorrecta. El desarrollo del presente proyecto es importante porque va a ser un aporte en el ámbito científico y social, por cuanto se realiza ante la necesidad de mejorar el nivel de desempeño de quienes están al frente de la administración de justicia, así como de los actuales y futuros profesionales del derecho, será una fuente de indagación científica en los estudiantes y egresados de la Carrera de Derecho.
URI : http://repositorio.sangregorio.edu.ec/handle/123456789/1581
Aparece en las colecciones: Trabajo de titulación - Carrera de Derecho

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