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http://repositorio.sangregorio.edu.ec/handle/123456789/1577
Título : | Acción Contencioso Administrativo No. 13801-2004-0096, que propuso la ciudadana Alba Teresa Sánchez Vera en contra del Estado Ecuatoriano, que reclama reparación integral por los daños y perjuicios ocasionados por parte de la Comandancia General de la Policía Nacional del Ecuador, por la muerte de su hijo Ider Fabián Palacios Sánchez: “La Responsabilidad Extracontractual del Estado frente al derecho a la vida” |
Autor : | Reyna Zambrano, Yokir Alcívar Bermúdez, Enry Alejandro |
Palabras clave : | Contencioso Administrativo Comandancia General |
Fecha de publicación : | 2020 |
Editorial : | UGSP PORTOVIEJO |
Resumen : | 1. INTRODUCCIÓN La responsabilidad extracontractual del Estado se estudia desde hace mucho tiempo como una medida que limita el ejercicio del poder estatal, ya que es aplicada como una garantía de respeto de los diversos derechos de los ecuatorianos frente a acciones u omisiones del Estado que causen vulneración del mismo o en su defecto perjuicio; generando así la obligación de remediar al ciudadano o ciudadanos perjudicados, mediante la reparación integral por los daños ocasionados. Y en este caso particular que nos ocupa se encuadra también el principio fundamental de la aplicación de derecho en base a un antecedente jurisprudencial En este sentido, el presente caso de estudio busca analizar el ejercicio de la función jurisdiccional como garantía de una verdadera tutela judicial efectiva hacia el administrado, considerando que se encuentra en discusión la protección de derechos fundamentales, como el derecho a la vida, frente al accionar lícito o ilícito de sus servidores públicos, tanto por acción como por omisión, y que les ha ocasionado graves daños, que no están obligados a soportar por parte del Estado. Asimismo tanto la Constitución como los Tratados Internacionales suscritos por el país, tales como la Convención Americana de Derechos Humanos, Pacto de San José, establecen como mediadas reparatorias, cuando han existido claras vulneraciones al derecho a la vida y existió una responsabilidad o culpa por parte del Estado para con su administrado, que dio lugar a la figura de la reparación integral por los daños y perjuicios y daños morales irrogados a la ciudadana Elba Teresa Sánchez Vera por la muerte violenta y cruel de su hijo Ider Fabián Palacios Sánchez, a manos de miembros de la Policía Nacional. De la misma manera el tratadista Dr. Enrique V. Galli (2003) explica que: Es exacto que resulta difícil encontrar reparación adecuada al agravio moral. La indemnización en dinero con que se consuma la reparación no conforma como equivalente del sufrimiento moral, pero la imposibilidad de lograr una reparación perfecta, no justifica que no se acuerde ninguna. Aunque incompleta y relativa la resarcibilidad es siempre reparadora y, en estas condiciones, preferible al desconocimiento del Derecho. (pág. 122) Por otra parte se analizará cuáles son las consecuencias jurídicas ante la falta de aplicación de un precedente jurisprudencial en este caso sub júdice dado que en el mismo suceso, el desalojo violento por parte de los miembros de la Policía Nacional a los invasores de los terrenos de Galo Garibaldi García, hubieron dos fatalidades: en el impresionante operativo el carro antimotines, conocido popularmente como TRUCUTÚ, cuando desbarataba las covachas, sin el más mínimo reparo y respeto, aplastó a dos jóvenes adolescentes manabitas: Ider Fabián Palacios Sánchez de 16 años de edad, quien murió en el acto; y a su amigo y compañero el joven José Gregorio Mendoza Vélez de 17 años de edad, quien milagrosamente vivió, mas sin embargo quedó parapléjico y discapacitado en uno 80% debido a las múltiples y graves lesiones sufridas a causa del referido aplastamiento. Por lo que los padres de ambos deciden iniciar acciones legales contra el Estado Ecuatoriano con distintos (y sorprendentes) resultados: como medida reparatoria indemnizan a los padres del joven que quedó parapléjico (los ciudadanos José Roberto Mendoza de la Cruz y Angela Laurentina Vélez; y en contrapartida a los padres del joven fallecido a manos de la Policía Nacional no los indemnizaron. Para el presente caso, por tanto, el Estado ecuatoriano no aplicó el mismo presupuesto en su decisión, teniendo semejante espejo o precedente jurisprudencial en un claro caso de vulneración al derecho a la vida. |
URI : | http://repositorio.sangregorio.edu.ec/handle/123456789/1577 |
Aparece en las colecciones: | Trabajo de titulación - Carrera de Derecho |
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